Muerte a causa de un accidente: 300 UF
Incapacidad permanente/parcial según su grado: hasta 200 UF
Incapacidad permanente, evento en el que no se deducen gastos médicos: 300 UF
Gastos médicos hospitalarios: hasta 300 UF
Los gastos médicos comprenden: atención pre-hospitalaria, transporte sanitario, hospitalización, atención médica y quirúrgica, gastos farmacéuticos, gastos por concepto de rehabilitación de las víctimas, prótesis, implantes y atención dental.
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